REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-001900
PARTE ACTORA: MARCELINO AMORIN, C.I. 6.508.821
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NORELYS MERCEDES BRUZUAL, IPSA Nro. 103.406
PARTE DEMANDADA: AERO EXPRESOS EJECUTIVOS C.A
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: BETILDE URDANETA CHACON
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy veintiocho de junio de dos mil seis, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece la abogada en ejercicio BETILDE URDANETA CHACON, IPSA Nro. 79.771, en su carácter de apoderada de la demandada según documento poder que presenta en original y copia para que una vez confrontados le sea devuelto el original en este mismo acto; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas por cuanto el salario señalado en el libelo es inferior a los tres (3) salarios mínimos. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Jueza

La Secretaria
Abog. Olga Romero
Abog. Migdalia Montilla


Apoderada de la demandada


“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”