REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-001353
PARTE ACTORA: YOLY VIVAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NATHALIE C. CELIS P. y MANUEL E. RICO D.
PARTE DEMANDADA: MILAGROS CASTRO DE HIDALGO, CENTRO MEDICO DE CARACAS, FISIOTERAPIA SICEME, C.A. y ELISA IZQUIERDO
APODERADOS DE LAS PARTES CODEMANDADA: DANIEL S. ZAIBERT S. y LUIS ERNESTO DA SILVA G , MARIA C. MACHADO G. y DIGNORA J. BLANCO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintiséis (26) de junio de dos mil seis (2006), siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron a las misma los ciudadanos MARIA C. MACHADO G. y LUIS ERNESTO DA SILVA, inscritos en el IPSA bajo los Nº 112.004 y 79.424, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales de la demandada FISIOTERAPIA SICEME, C.A. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si misma, ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
El Juez,
Abog. Juan Ramón Echeverría
La Secretaria,
Abog. Elis Hernández
Los comparecientes,
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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