REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, treinta (30) de junio de dos mil seis (2006)
196° y 147°
ASUNTO N°: AP21-L-2004-003108
Visto el escrito de transacción de fecha veintisiete (27) de junio de 2006, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo, por los ciudadanos RODOLFO YAÑEZ VERA, titular de la cédula de identidad N° 5.662.621, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por JACQUELINE J. GARCIA GONZALEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 42.240, y CARLOS SALAS ZUMETA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 17.835, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada CORPORACION DE SERVICIOS MUNICIPALES LIBERTADOR S.A.; este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y por cuanto dicha transacción no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO TRANSACCIONAL DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada, ordenándose el archivo y cierre del expediente. Se acuerda devolver a las partes los escritos de prueba y anexos
EL JUEZ,
Abog. Juan Ramón Echeverría
LA SECRETARIA,
Abog. Elis Hernández
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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