CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 26 de Junio de 2006
Juez Unipersonal N ° 1
Sala de Juicio
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2005-005393
Revisadas como han sido las actas del presente asunto, en especial diligencias de fecha diez (10), de Abril, dos (02) de Mayo, y catorce (14) de Junio de 2006 suscritas por la abogada COLUMPA ZERPA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N ° 103.248, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana GISEL YASMINA RIVAS MOLINA, parte actora en la presente solicitud, suficiente identificada en autos; en atención a lo solicitado, esta Sala de Juicio niega el pedimento por cuanto no se verifican los supuestos establecidos en el articulo 585 del Código de Procedimiento Civil, ni lo señalado en el articulo 466 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, de igual forma visto que en fecha cinco (05) de Mayo de 2006, fue consignado copia del Oficio N ° 18786, dirigido al Director de Recursos Humanos de la Compañía Anónima SINTECO, siendo el mismo con resultado positivo debidamente recibido en fecha dos (02) de Mayo de 2006, y por cuanto no se evidencia en las actas del expediente que dicha empresa se haya manifestado al respecto, es por lo que este Tribunal, ordena ratificar dicho oficio, a los fines de remitirlo nuevamente, recordándole la previsión contemplada en el articulo 270 de la referida Ley. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. AGUEDA DOMINGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA MIRELES
Asunto: AP51-S-2005-005393
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