REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 21 de junio de 2006.
Sala de Juicio IV
196° y 147°
Asunto: AP51-S-2006-011364
Motivo: Curador ad-hoc
Solicitante: EDGAR ALBERTO CONTRERAS CARPINTERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad número V-10.489.574.
Niña: CONTRERAS ACOSTA, de nueve (09) años de edad.
______________________________________________________________
Revisadas las actas que conforman el presente expediente signado con el número AP51-S-2006-011364 nomenclatura del Circuito y cumplidos todos los actos de sustanciación tendentes a la constitución del Curador ad-hoc a la niña CONTRERAS ACOSTA, antes mencionada, en la oportunidad de quedar incurso en los supuestos del artículo 110 del Código Civil; y vista la aceptación y juramentación del Curador designado por auto de esta misma fecha y habiendo manifestado que la precitada niña no posee bienes de fortuna, ésta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, discierne como Curador ad-hoc a la niña CONTRERAS ACOSTA supra identificada, en la persona del ciudadano FELIX ALBERTO DIAZ BENITEZ, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad número V-3.975.808. Expídase por Secretaria copia certificada de la Solicitud y del presente Decreto y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes, una vez sean suministrados los fotostatos correspondientes. Cúmplase.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiuno (21) días del mes de junio del año dos mil seis (2006).196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez de la Sala

Emilio Ruiz Guía
El Secretario

José Alberto Totesaut