REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de Junio de 2006
195º y 146º
ASUNTO: AP51-S-2006-000466
Vistas las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación legal al cargo de Curador especial de la ciudadana GRACIELA BRAVO GIL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 3.819.868, a favor del niño (Cuya identidad se omite por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), donde se compromete a cumplirlo bien y fielmente.- Por lo cual ésta Sala de Juicio V, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, haciendo uso de las facultades en el parágrafo cuarto, literal E del articulo 177° de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con el articulo 270 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Especial del niño (Identidad omitida), a la ciudadana GRACIELA BRAVO GIL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 3.819.868, con todas las consecuencias legales.- Expídase por secretaria copia certificada.-
La Juez,
La Secretaria Acc.
Dra. Yunamith Y. Medina
Mary Lourdes Romero
YYM/MLR/simón