REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N°5
Caracas, 29 de junio 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-012262
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y Vista la Solicitud de Autorización Judicial para Expedir Pasaporte, presentada por la ciudadana LISETT VIRGINIA PRIETO ARAUJO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.953.650, asistida por la abogado IDA ALTUVE ALTUVE, inscrita en el Impreabogado bajo el N° 19.851, a favor de la adolescente (Cuya identidad se omite por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). En consecuencia, esta Sala considera que la presente solicitud cumple con los requisitos necesarios, esta Sala Nº 05 del Circuito Judicial de protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA a la ciudadana LISETT VIRGINIA PRIETO ARAUJO, para que tramite por ante la Oficina Nacional de Identificación y Departamento de Extranjería las diligencias pertinentes, para la expedición del pasaporte de la adolescente (Identidad omitida), todo de conformidad con lo previsto en los artículos 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 7 del Reglamento de Pasaportes, cumpliendo para ello con los demás requisitos que establecen las leyes y demás reglamentaciones internas de la Dirección de Identificación y Extranjería. Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión, una vez la parte interesada consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.
LA JUEZ
Abg. YUNAMITH Y. MEDINA
LA SECRETARIA
Abg. LUISA OLIVEROS
Asunto: AP51-S-2006-012262
YYM/LO/KarolT.
Motivo: Autorización.
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