REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio VII
Caracas, 14 de Junio de 2006
196º y 147º

Vistas las actas procesales que conforman y anteceden el presente asunto, contentivo de Autorización para Viajar y para expedir pasaportes, presentado por la ciudadana YOISY DEL CARMEN ACOSTA CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-9.960.850, en su carácter de madre y representante del niño, de nueve (09) años de edad, quienes se encuentran asistidos por la Defensora Público Décimo Cuarta, de la Unidad de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Abg. MIRIAM VIVAS. En tal virtud, revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se observa: el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente señala: “Todos los niños y adolescentes tienen derecho a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de conformidad con la ley…”, en consecuencia, esta Sala de Juicio, AUTORIZA a la ciudadana YOISY DEL CARMEN ACOSTA CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-9.960.850, para que proceda tramitar por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), todo lo relativo al Pasaporte del niño, de nueve (09) años de edad.- Cúmplase.-
LA JUEZ,

AIMAR VALENCIA RIZO.
EL SECRETARIO,
MARTIN JIMENEZ.

ASUNTO: AP51-S-2006-010746
AVR/MJM/katiuska.