REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº VII
Caracas veintiséis (26) de Junio de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2005-010032
Revisadas cuidadosamente las actas procesales que conforman el presente asunto de Colocación Familiar, suscrito por la ciudadana MORELBA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.887.051,abuela paterna de la niña …………………, de seis (06) años de edad, y donde se observa que en auto de fecha 14/12/2005, se instó a la parte a adecuar la demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 459 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal. En consecuencia declara DESISTIDA la presente demanda, en virtud de no estar comprendida con los requisitos previsto en el artículo 455, ejusdem. Cúmplase.-
LA JUEZ,
Aimar Valencia Rizo.
EL SECRETARIO Acc,
Martín Jiménez Mújica.
Ibrahim García
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