REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial de Protección del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de Junio de 2006
196º y 147º


ASUNTO: AP51-S-2006-012060


Visto el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos FRANCK ALEX CASTRO MORALES Y PAULA ALEJANDRA MENDOZA HERNÁNDEZ , venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V.-16.029.876 y V.-16.332.128, respectivamente en fecha 14 de junio de 2006, en relación a la Obligación Alimentaría a favor del niño cuyo nombre se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Lopna, este Tribunal La admite y le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos, condiciones y fines por ellos expuestos, de conformidad con el articulo 375 y 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaria copias certificadas del acta y del presente auto a las partes interesadas para lo efectos legales consiguientes. Previa consignación de los fotostatos correspondientes Cúmplase.-
La Juez
La Secretaria
Sara E. Guardia Soto
Alicia Guzmán Vidal