REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial de Protección del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 8 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-009686
Visto el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos venezolanos, mayores ARELIS MARIA DUGARTE Y CHERRY AUGUSTO DELGADO TORRES, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 6.681.181 y V.-7.143.293, respectivamente, en fecha 10 de Mayo de 2006, ante la Fiscalía Nonagésima Novena del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas, a cargo de la Fiscal CAROLINA MERCEDES GONZALEZ GUEVARA en relación a la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA a favor de las niñas cuyos nombre se omiten de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos, condiciones y fines por ellos expuestos, de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaria copias certificadas del acta y del presente auto a las partes interesadas para lo efectos legales consiguientes, previa consignación de los fotostatos correspondientes Cúmplase.-
La Juez
La Secretaria
Sara E. Guardia Soto
Alicia Guzmán Vidal
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