REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, diecinueve (19) de junio de dos mil seis (2006).
196º y 147º

Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley de Estatuto de la Función Pública. Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso interpuesto por la ciudadana CRISTINA DEL CARMEN NORIEGA DE CASANOVA, portadora de la cédula de identidad Nro. 4.298.926, asistida por el abogado JOSÉ PILAR BOTOMO LUCES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.329, contra la Resolución Nro.112-81 de fecha 07-07-2005, emanada del Gobernador del Estado Miranda, Ing. Diosdado Cabello Rondón, mediante la cual declara la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 437 de fecha 26 de marzo de 2004, notificada el 28 de septiembre de 2005, mediante comunicación Nro. DGE/DD Nº AGR-082/05 de fecha 16 de septiembre de 2005, suscrita por la Profesora Arcelis Querales en su condición de Directora General de Educación del Estado Miranda.
EL JUEZ


JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
LA SECRETARIA


MARIA LUISA RANGEL

EXP.06-1348/OC.-