REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÒN CAPITAL. Caracas, veintiocho (28) de junio de dos mil seis (2006).
196º y 147º
Estando dentro del lapso de cinco (5) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley de Estatuto de la Función Pública. Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, la querella interpuesta por los abogados ANDRÉS TROCONIS TORRES, JAIME TORRES FERNÁNDEZ, ALEXIS PINTO D´ASCOLI y RICARDO JOSÉ MALDONADO PINTO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 65.794, 51.232, 12.322 y 111.360, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ADRIANA ISABEL GRUBER DE GÓMEZ, portadora de la cédula de identidad Nro.9.589.160, contra el acto administrativo contenido en el oficio N° GRH/2005/A-0758420, de fecha 05 de septiembre de 2005, suscrito por el Gerente de Recursos Humanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, notificado en la misma fecha.-
EL JUEZ
JOSÈ GREGORIO SILVA BOCANEY
LA SECRETARIA
MARÍA LUISA RANGEL
EXP.05-1311/ fcm.-