REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
EXPEDIENTE Nº 23934
SENTENCIA DEFINITIVA
PARTE ACTORA: PLATINO RENS A CAR, C.A, Sociedad Mercantil, de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha diecinueve (19) de noviembre del año dos mil dos (2002), quedando anotada bajo el nùmero 42, Tomo 722AQTO y representado en este acto por el ciudadano ALEJANDRO REYES SABAL, mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 4.087.367, según se desprende de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Primera del Municipio Chacao, en fecha treinta (30) de Agosto del 2.005, anotado bajo el Nº 04, Tomo 136, de los libros respectivos.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: BRENDAN GRAND LA BARRIE y LISETH CENTENO, inscritas en el Instituto de Previsiòn del Abogado bajo los Nros. 41.953 y 62.269, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: LORD’S COMPANY, C.A., empresa mercantil debidamente inscrita por ante el registro mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 03 de Abril del 2.003, bajo el Nº 50, Tomo A-15, expediente No. 65.720 y representado por el ciudadano ELIAS MUJICA APONTE, mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº. V.- 6.727.920.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA EN AUTOS APODERADO JUDICIAL.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (TRANSITO)
Vista la diligencia de fecha 22 de febrero del año 2006, suscrita por la abogada BRENDAN GRANT LA BARRIE, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 41.953, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, por medio de la cual desiste del presente procedimiento, este tribunal a los fines de proveer observa:
Que en fecha 13 de octubre del 2005, fue interpuesta la presente demanda por la abogada BRENDAN GRANT LA BARRIE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.41.953, respectivamente, quienes actúa en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil PLATINO RENT A CAR, C.A., contra la sociedad mercantil LORD’S COMPANY, C.A..-
En fecha 05 de diciembre del 2005, se admitió la presente demanda, ordenando el emplazamiento de la demandada sociedad mercantil LORD’S COMPANY, C.A., antes identificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 338 del Código de Procedimiento Civil.-
Que en fecha 16 de febrero del 2006, la apoderada judicial de la parte actora solicitó la citación de la parte demandada.-
Ahora bien, visto el desistimiento realizado por la apoderada judicial de la parte actora en fecha 22 de febrero del 2006, y visto igualmente que la ciudadana antes mencionada, tiene facultad expresa para desistir tal y como se evidencia del poder cursante al folio 9 del presente expediente, éste Tribunal le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN en los mismos términos expuestos por la parte, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
Vista la diligencia de fecha 22 de febrero del año 2.006, suscrita por la apoderada judicial de la parte actora, el Tribunal acuerda devolver los originales solicitados, a saber: los documentos cursantes a los folios del 09 al 21 del cuaderno principal, previa su certificación en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- Así mismo, se ordena la corrección de la foliatura que dicho desglose pudiera ocasionar.- Cúmplase.-
Regístrese y Publíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Caracas, (29) de Junio de 2006.- Años 196° y 147°.-
LA JUEZ,
DRA. ANGELINA M GARCIA H
LA SECRETARIA ACC.
KELYN CONTRERAS
Exp. No. 23934
AMGH/KC/ani.-
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