REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO

EXPEDIENTE Nº 6801-06


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Vistos sin informes

PARTE ACTORA: EMILIO MARIO MAURI PACCITTI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, portador de la Cédula de Identidad No. 1.736.737.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA:
DRA. ANGEL ROMAN CASTILLO BUSTAMANTE y CARLOS EDUARDO MENDOZA, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 3.116 y 3.059 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: MIGUEL ANGEL NARVAEZ FREITES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio portador de la cedula de identidad No. 15.805.605.
ASISTIDO POR EL DR. TEODARDO SERRANO, abogada en ejercicio de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 77.518.
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO ARRENDAMIENTO.

-I-



Se recibió por distribución que hiciera el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas el escrito de demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó el ciudadano EMILIO MARIO MAURI PACCITTI, contra el ciudadano MIGUEL ANGEL NARVAEZ FREITES.
Por auto de fecha 04 de abril del 2006, se admitió la demanda y se ordenó el emplazamiento de la parte accionada para que compareciera el segundo (2do) día de despacho siguiente a su citación a dar contestación a la demanda.
Mediante diligencia de fecha 06 de abril del mismo año, la representación judicial de la parte actora consignó fotostatos para la compulsa, librándose la misma en fecha 11 de abril del 2006.
En fecha 09 de mayo del 2006, se abrió cuaderno de medidas decretándose medida de secuestro sobre el bien inmueble objeto del presente litigio, librándose el respectivo mandamiento de ejecución.
En fecha 10 de mayo del 2006, se libro oficio No, 414-06, remitiendo a la Oficina ejecutara de Medidas del Área Metropolitana de Caracas el mandamiento de ejecución librado, y en esa misma fecha la representación judicial de la parte actora a través de diligencia recibió el referido mudamiento.
Cumplidos los tramites de distribución, el Juzgado Tercero de Municipio ejecutor de Medidas del Área Metropolitana, por auto de fecha 15 de mayo admitió la comisión.
En fecha 14 de junio del 2006, se constituyó el Tribunal ejecutor para la practica e la medida, suspendiéndose la misma por cuanto las partes llegaron a un convenimiento, quedado citada la parte demandada en esa fecha.
-II-

Este Tribunal para decidir observa:
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se constata que en fecha 15 de mayo del presente año, las partes ciudadano EMILIO MARIO MAURI PACCETTI en su carácter de parte actora y el ciudadano MIGUEL ANGEL NARVAEZ FREITES debidamente asistido por el Dr. TEODARDO SERRANO en su carácter de accionado manifestaron celebrar un convinimiento en el presente juicio, ahora bien, del escrito se evidencia que en el mismo se crearon obligaciones futuras para ambas partes, y siendo que en el convenimiento las obligaciones son de plazo inmediato, este Tribunal califica el referido acuerdo como Transacción, en consecuencia, constatada en autos la facultad que tienen ambas partes para transigir, este Tribunal le imparte la homologación en los mismos términos allí expuestos, y así se declara.
-III-
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Homologada la presente transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por RESOLUCION DE CONTRATO, intentó el ciudadano EMILIO MARIO MAURI PACCITTI contra el ciudadano MIGUEL ANGEL NARVAEZ FREITES, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los veintiun (21) días del mes de junio del año dos mil seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 146º de la Federación.
EL JUEZ,

Dr. LUIS TOMAS LEON S.
ELSECRETARIO, Abg. MUNIR SOUKI URBANO.
En la misma fecha, siendo las 10:00 a.m., se publicó y registró la anterior sentencia.
EL SECRETARIO,


MSS/MSU/as(1).
Exp: 6801-06