ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000944
PARTE ACTORA: CONSTANTE PEREZ AMIL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: CORPORACION RECIMEDICA 1623 S.R.L.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ACACIA LOURDES NOGUERA
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy veintinueve (29) de junio de dos mil seis (2006), siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció a la misma, la empresa demandada CORPORACIÓN RECIMEDICA 1623 S.R.L, representada por su apoderada judicial ciudadana Acacia Lourdes Noguera, abogada en ejercicio, de este domicilio, debidamente inscrita en el Impreabogado bajo el N° 55.900, carácter el suyo que se evidencia de instrumento poder que consigna en este mismo acto en copia simple para ser agregado a los autos. Igualmente se deja constancia expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por apoderado judicial alguno, encontrándose a derecho por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez
El Secretario
Abog. Aura Maria Trenard A.
Abog. Carlos Roldán
La Parte Compareciente
Abog. Acacia Lourdes Noguera.
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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