ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-001297
PARTE ACTORA: JEAN CARLOS GARCÍA LOPEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: COCIVICA CONSTRUCCIONES CIVILES, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO GARCIA
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy veintinueve (29) de junio de dos mil seis (2006), siendo las 9:52 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció a la misma, la empresa demandada COCIVICA CONSTRUCCIONES CIVILES C.A, representada por su apoderada judicial ciudadana Paola Cortina Bertonasco, abogado en ejercicio, de {este domicilio, debidamente inscrita en el Impreabogado bajo el n° 118.250, del cual se evidencia el carácter de la misma, igualmente se deja constancia que en este mismo acto consignó original y copia del instrumento poder que acredita su representación para que previa su certificación por secretaria le sea devuelto el original. Igualmente se deja constancia expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez
El Secretario
Abog. Aura Maria Trenard A.
Abog. Carlos Roldán
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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