REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 14 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-009811
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial, en fecha 21-02-06, mediante la cual Absuelve al ciudadano VICTOR MANUEL OVIEDO venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio indefinida, titular de la cédula de identidad N° 14.321. 771 y residenciado en el Barrio 5 de Diciembre calle tres y cuatro con avenida once de Acarigua, Estado Portuguesa; por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 80 del Código Penal perpetrado en perjuicio del ciudadano PEDRO MANUEL TORREZ, en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria y ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano VICTOR MANUEL OVIEDO.
Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano VICTOR MANUEL OVIEDO y a su defensora.
Regístrese, diarícese y déjese copia. Líbrese lo conducente.
La Juez de Ejecución
Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario
Abg. Pedro Romero
RRdeB/id