REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 01 TEMPORAL

Guanare, 22 de marzo de 2006
195º y 147º

Visto el convenimiento hecho por la ciudadana YELITZA DEL CARMEN PAREDES GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.605.993, sobre el Ofrecimiento de OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA del ciudadano OSVALDO ALI VIELMA MANRIQUE, en beneficio de su hija la niña YELIANA ARMIN VIELMA PAREDES, la cual ha sido fijada por la cantidad de Bs. 100.000,00 mensuales; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 ejusdem.

El Juez Temporal,

Abog. Oscar Mahín Mejías Ramos.
La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Liliana B.-
Exp. Civil Nº 6249