REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare 18 de Mayo de 2006.
196° y 147°
EXPEDIENTE N° 1705.
DEMANDANTE: JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ HERNANDEZ.
ENDOSATARIO EN PROCURACION DE
MARIANOANTONIO OCHOA)
DEMANDADO: LISETH COROMOTO BETANCOURT SILVA.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Visto el anterior libelo de demandada recibido en fecha 03-10-2002, y admitida por auto en fecha 10-10-2002, (Demandante: JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ HERNANDEZ en su carácter de Endosatario en Procuración de una cambial emitida a favor de: MARIANO ANTONIO OCHOA. DEMANDADO: LISETH COROMOTO BETANCOURT. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES POR( INTIMACION) y por cuanto revisado el expediente, el Tribunal observa que desde el día 24-10-2002, fecha de la última actuación en el cuaderno de medidas (F.07) hasta el día de hoy, ha transcurrido más de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento en la presente causa, lo que demuestra un evidente desinterés procesal por parte de la accionante y que configura un tácito decaimiento de su interés en juicio por cuanto desde el día 24-10-2002, fecha en que la actora consigna diligencia mediante la cual solicita por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas fije nueva oportunidad para la practica del embargo, no existiendo otra actuación por parte del accionante y en tal virtud, se configuró la perención de la instancia.
En consecuencia, de conformidad con el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto es procedente, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio.
En fuerza de lo anterior, se levanta la medida de embargo preventivo decretada en esta causa en fecha 10-10-2002, según se evidencia al folio dos (2) del cuaderno de medidas, la cual no llego a practicarse y reafirma así el decaimiento del interés procesal a tal punto que el juzgado comisionado, en fecha 14-11-2003, devolvió el expediente de la comisión.-Notifíquese a la parte actora, a los fines pertinentes.
Librese boleta de notificación y entréguesele al Alguacil, encargado de practicarla en el domicilio procesal constituido al efecto.
El Juez,
Hugo Segovia Lovera.
La Secretaria,
Abg. Angie Vivas Velazco.
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