En horas de Despacho del día de hoy tres (03) de Mayo de 2006, este Juzgado Ejecutor de Medidas, siendo las 11:50 AM, se trasladó y constituyo en un inmueble ubicado en la calle 28, entre avenidas Libertador y 30, distinguida con el N° 30-27, constituido por un local comercial y la casa donde se encuentra constituido, de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, conforme fue acordado en auto de fecha 28 de Abril de 2006, a objeto de practicar la Entrega Material, en cumplimiento a lo decretado por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa N° 4923, en juicio por Resolución de Contrato, sigue el ciudadano Miguel Rodríguez Figueredo contra el ciudadano Harfaoni. Sobhkalpool Anvar. Seguidamente el Tribunal procede a nombrar como Perito al ciudadano Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.609.209, hábil, de este domicilio, quien estando presente expone:”Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo. Así mismo manifiesto que sus honorarios ascienden a la cantidad de cuarenta mil bolívares (Bs.40.000, oo) por hora, es todo”. Seguidamente el Tribunal nombra a la Representante Legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C. A, ciudadana Restituta del Carmen Mena, mayor de edad, Venezolana, titular de la cédula de Identidad No 4.244.833, como Depositaria Judicial, quien estando presente expone:” Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado del demandante Abogado en ejercicio Miguel Rodríguez Figueredo, inscrito en el Inpreabogado N° 40.016, quien facilito la entrada al inmueble y no encontrándose ninguna persona dentro del mismo, pero si bienes muebles por lo que el Tribunal procede a realizar un inventario antes de la Entrega Material de dicho inmueble y nombrar a la representante de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A., ya identificada y juramentada, como depósito necesario de los mismos y así relevar a la parte actora de esos bienes que estaban bajo su guarda y custodia por lo que seguidamente se le concede el derecho de palabra al Perito para la identificación de los bienes, quien seguidamente expone:”Los bienes son los siguientes, Una vitrina Exhibidor tipo mostrador de acero inoxidable liso de 2mts de largo x 1,60 mts, aproximadamente con vidrio en su parte frontal y cerámica en la parte inferior desprovista de puertas superiores e inferiores, cuatro mesas de madera cuadradas, nueve sillas de madera con espaldar de rejillas, dos (2) sillas de plástico, color azul y verde, un asador vertical a gas de acero inoxidable de 1,10 mts x 0,40 x mts, aproximadamente, sin bombona, un pizarrón de 0,50x 0,30mts, aproximadamente ,color blanco, acoplado en metal, un mesón de metal color rojo y su parte superior de formica color blanco, acoplado a la pared, una silla de madera en mal estado, dos cestas colgantes con matas, cinco cuadros de pared, dos con marcos y vidrio y tres al óleo sin marco, con motivos de frutas y un jarrón, y uno de los que tiene vidrio se refiere a la meca, dos ventiladores de techo, cuatro lámparas fluorescentes sin tubo y una de un tubo con bombillo fluorescentes, dos baños cada uno con sus respectivas pocetas, un lavamanos, un aviso de metal color verde en base con Rin de vehículo donde se lee “café, empanadas y arepas”, una mesita de metal color verde, y en su parte superior de tablopan. En el área de la cocina se encuentran una cortina color verde, una platera de metal color verde, tres calderos, vasos de vidrios y de plásticos, un lavaplatos de una ponchera, un gabinete aéreo de formica color marrón con tres puertas y dos entrepaños laterales, un ventilador acoplado a la pared, azul, sin rejilla, un tambor para agua color azul, dos pinzas. Una cama individual de madera y colchón, una silla de madera, repuestos para vehículos (camarín y cableado) se desconoce su funcionamiento, un banco de madera pequeño , un porta objeto de metal de cuatro cestas de plástico color blanco, una mesa de metal color blanco, de dos entrepaños, un escalera de de plástico color gris, de dos entrepaños, marca rimax, una bañera de plástico color rosada, tres tobos de plástico medianos colores rojos, blanco y azul, el tobo azul contentivo de platos de vidrios, el rojo con motor con hélice pequeña, se desconoce su funcionamiento, seis cubiertas para parrillas de metal y madera de 0,50 mts, aproximadamente, una caja de cartón contentiva de útiles de cocina usados, un cajón de anime con plástico donde se observa seis cuadros al cual se le desconoce firma y motivo por estar embalados, tres cuadros de pared con vidrio y madera, con motivos, un gato, cara de mujer y el otro unos labios de mujer, tres colchones individuales en mal estado un árbol de navidad mediano, sin adornos un exhibidor de cuatro canasta de color verde, un casco de seguridad color azul, para motorizados, dos fluxes, un color azul y el otro color verde una camisa color beige, y una corbata color azul, una mochila color verde contentiva de una carpa impermeable, un estante de madera de siete entrepaños con repuestos para vehículos, usados, una plancha, marca FM, se desconoce su funcionamiento, una lámpara sin pantalla, una sirena para vehículos, una olla depresión, una peinadora de madera, una caja de cartón contentiva de ropa usada en mal estado, doce chuzos de metal y madera pequeños, un esquinero de madera color blanco, con cuatro entrepaños, una puerta de metal color gris, un televisor de 13” se desconoce su funcionamiento una maleta color azul, sin ningún contenido, dos microondas desarmados, un ventilador en mal estado, un gabinete de madera, una bombona color azul, para gas para enfriadores y repuesto en mal estado. Un enfriador exhibidor de vidrio con seis puertas corredizas de vidrio sin motor, en mal estado y sin rejillas internas, una estructura de metal de 20 Pts x 0,60 Pts aproximadamente, en buen estado, un ceibo de madera con dos puertas de vidrio y dos de maderas con utensilios de cocina de metal, un extinguidor, color rojo, pequeño se desconoce su funcionamiento. Todo los bienes inventarios se encuentran en regular estado de conservación por ser usados, de los repuestos inventariados se desconoce su funcionamiento, es todo”. Seguidamente el Tribunal antes de proceder a la entrega del inmueble, procede hacer entrega de los bienes aquí inventariados a la representante de la Depositaria Judicial Portuguesa y como deposito necesario ciudadana Restituta del Carmen Mena, ya identificada quien estando presente expone:”Recibo conforme los bienes antes identificados y en este mismo acto solicito copias certificadas de las presentes actuaciones, es todo”. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:”La Entrega Material del Inmueble , constituido por un local Comercial y la casa donde se encuentra constituido, ubicado en la calle 28, entre avenidas Libertador y 30, distinguida con el N° 30-27de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa al apoderado actor abogado Miguel Rodríguez Figueredo, ya identificado, desprovisto de bienes y de personas. Seguidamente el Apoderado expone:”Recibo conforme el bien inmueble antes señalado desprovisto de bienes y de personas, es todo”. El Tribunal da por cumplida su misión y siendo la 1:30 PM, resuelve volver a su sede. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez
Abg. Ana Dolores Monagas Carrillo

El Apoderado actor,
Abg. Miguel Rodríguez Figueredo

El Perito,
Alonso Chirinos
La Depositaria Judicial
Restituta del Carmen Mena

La Secretaria
Abg. Maria Eugenia Cardozo Samamé