REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 05 de Mayo de 2006
196° y 147°

Por cuanto en fecha 04-05-06, fue recibido por vía de distribución constante de 21 folios útiles actuaciones del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, a los fines de la presentación del ciudadano: DARWIN JOSE BLANQUICET MUÑOZ, y vista la nota secretaria que antecede, en el cual el Fiscal 116 del Ministerio Público, informó a este despacho que el ciudadano LUGO DURAN YEFERSON JOSE, quien es compañero de causa del referido imputado, fue presentado en horas de la tarde por ante el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de ese Circuito Judicial Penal, según expediente 5962-06, y en virtud de que el secretario del Juzgado en mención informó que efectivamente ese Tribunal le fue presentado el ciudadano: LUGO DURAN YEFERSON JOSE, y por tratarse de los mismos hechos y del mismo procedimiento policial, es por lo que de conformidad con lo establecido en los artículos 72, 73, 74 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECLINA LA COMPETENCIA, en el supra mencionado Tribunal en virtud de haber conocido primero en la misma, siendo pues este Juzgado el competente para llevar a efecto los actos siguientes en dicho expediente.


En consecuencia, a objeto de cumplir con la finalidad del proceso, lo prudente y ajustado a derecho es DECLINAR LA COMPETENCIA para conocer de la presente causa en el Juzgado 38° de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, debiendo este agotar su competencia funcional jurisdiccional. En tal sentido, se ordena remitir las presentes actuaciones al referido Tribunal conforme a lo establecido en los artículos 72, 73, 74 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECLARA.

D I S P O S I T I V A

Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO CUADRAGÉSIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CON FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA para conocer de las presentas actuaciones al Juzgado 38° de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 72, 73, 74 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, notifíquese a los sujetos procesales.
LA JUEZ


NORMA SANDOVAL
LA SECRETARIA


NAYLUTH Y. SANCHEZ V.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


NAYLUTH Y. SANCHEZ V.


EXP. 6544-06*