REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 12 de Mayo del 2006
195º y 146º
EXP- 946-02
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
IMPUTADO(S): NIETO ALBERTO ALFREDO Y HENRY JOSE PALMA
VICTIMA(S): GONZÁLEZ LILA RAQUELA
REPRESENTACIÓN FISCAL: ABG. JENNY RAMÍREZ TERÁN, Fiscal (52), encargada de la Fiscalia Vigésima Tercera del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas.
DESCRIPCIÓN DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
En fecha 22 de Marzo de 2002, se inició la presente averiguación sumaria por ante el Departamento de Recepción y Retención de la Policía Metropolitana, en virtud del Acta policial de esa misma, donde compareció en sargento segundo Gustavo Carrizales…, quien recibió una llamada a través de la central de comunicaciones, indicándome que me trasladara a la jefatura Civil de catedral, ya, ya que uno de los agentes especiales, de la jefatura civil de catedral, ya que uno de los agentes especiales de la jefatura había aprehendido a dos ciudadanos que le habían arrebatado un teléfono celular a una ciudadana …de nombre: GONZÁLEZ LILA RAQUELIA…, indicando que dos sujetos le habían arrebato su teléfono celular, y que el lo había aprehendido en la avenida baralt… Es Todo”
RAZONAMIENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Del minucioso y exhaustivo estudio de las actuaciones que conforman el presente expediente, Observa este Tribunal, que si bien es cierto de que estamos en presencia de un hecho Punible como lo es el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el Artículo 458 ultimo a parte del Código Penal, no es menos cierto de que el mismo prevee una pena de SEIS (06) a TREINTA (30) MESES de PRISIÓN. Ahora bien desde el día 22-03-2002, fecha en la cual ocurrieron los hechos en el presente caso, hasta la presente fecha han transcurrido más del Lapso Legal correspondiente para que opere la prescripción del presente delito, tal como lo establece el Ordinal 5º del Artículo 108 del Código Penal, en concordancia con el Ordinal 8º del Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. Ante tales señalamientos es por lo que considera este Juzgador que lo mas procedente y ajustado a derecho, es acordar lo solicitado por el Ministerio Público, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 5º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos NIETO ALBERTO ALFREDO Y HENRY JOSE PALMA, en agravio de la ciudadana GONZÁLEZ LILA RAQUELIA. SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 5º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos NIETO ALBERTO ALFREDO Y HENRY JOSE PALMA, en agravio de la ciudadana GONZÁLEZ LILA RAQUELIA. Declarándose con lugar la solicitud formulada por la Fiscal del Ministerio Público. ASÍ SE DECLARA.-
Regístrese, Diarìcese, Publíquese, Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítase en su oportunidad legal al departamento de Archivo Judicial.
LA JUEZ
DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA
ABG. DORIS VILERA.-
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. DORIS VILERA.-
MMAG/jhei
CAUSA Nº C- 44-946-2002.-
“1805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 12 de Mayo del 2006.-
195º y 146º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana ABG. JENNY RAMÍREZ TERÁN, Fiscal (52), encargada de la Fiscalia Vigésima Tercera (23) del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas, que este Juzgado por decisión dictada en esta misma fecha DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 5º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de los ciudadanos NIETO ALBERTO ALFREDO Y HENRY JOSE PALMA, en agravio de la ciudadana GONZÁLEZ LILA RAQUELIA.- Firmará al pie en señal de haber quedado notificado.-
Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ
DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ.
FIRMA_______________________FECHA______________HORA_____
MMAG-jhei.-
CAUSA Nº C – 44 –946-2002.
“1805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 12 de Mayo del 2006.-
195º y 146º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana GONZÁLEZ LILA RAQUELIA, en su carácter de Victima, que este Juzgado por decisión dictada en esta misma fecha DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 5º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de los ciudadanos NIETO ALBERTO ALFREDO Y HENRY JOSE PALMA.– Firmará al pie en señal de haber quedado notificado.-
Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ
DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ.
FIRMA_____________FECHA______________HORA_________
Domicilio: Avenida José Antonio Páez, Residencia Maracaibo, Piso 1, Apartamento 11, El Paraíso.
MMAG-jhei
CAUSA Nº C – 44 -946-2002.
“1805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 12 de Mayo del 2006.-
195º y 146º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano NIETO ALBERTO ALFREDO, en su carácter de imputado, que este Juzgado por decisión dictada en esta misma fecha DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 5º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra. – Firmará al pie en señal de haber quedado notificado.-
Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ
DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ.
FIRMA_____________FECHA______________HORA_________
Domicilio: Sector la Pedrera, Cerca de las Curvas, Casa Sin Numero, de Color Verde y Blanco, Antimano, Caracas
MMAG-jhei
CAUSA Nº C – 44 -946-2002.
“1805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 12 de Mayo del 2006.-
195º y 146º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano HENRY JOSE PALMA, en su carácter de Imputado, que este Juzgado por decisión dictada en esta misma fecha DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 5º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en su contra.– Firmará al pie en señal de haber quedado notificado.-
Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ
DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ.
FIRMA_____________FECHA______________HORA_________
Domicilio: Carapita, San José, Casa Sin Numero, Caracas
MMAG-jhei
CAUSA Nº C – 44 -946-2002.
“1805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”
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