REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO CUARTO DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA
CARACAS


Caracas, 12 de Mayo de 2006

Visto el auto dictado por este Tribunal en fecha 27/4/06, mediante el cual este Juzgado Vigésimo Cuarto (24o) de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procede a darle entrada a la presente Causa, seguida en contra del ciudadano ALFREDO RAFAEL JIMENEZ ANDRADE, quien se encuentra formalmente acusado por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el Artículo 323 del Código Penal, vigente para la fecha en que sucedieron los hechos (21/4/04), en virtud de los pronunciamientos emitidos por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control, en el acto de la audiencia preliminar celebrada en fecha 31/3/04, y como quiera que el delito por el cual fue admitida dicha acusación fiscal, tiene asignada una sanción que en su límite máximo es de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, en consecuencia, es de la competencia de un Tribunal Mixto el conocimiento y resolución de la presente Causa a tenor de lo dispuesto en el Artículo 65 del Código Orgánico Procesal Penal; razón por la cual evidenciándose la existencia de un error material rectificable de oficio, toda vez que en aquella oportunidad se procedió a fijar directamente la celebración de la audiencia de juicio oral y público como Tribunal Unipersonal, cuando lo correcto sería fijar la primera sesión ordinaria de escabinos a los fines de constituir el Tribunal Mixto, es por lo que se ordena anular el auto dictado en fecha 27 de Abril de 2.006, conllevando su correspondiente rectificación de conformidad con lo establecido en el Artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fija el día LUNES VEINTIDOS (22) DE MAYO DE 2.006, a las 11:00 de la mañana, a los fines de la celebración de la primera sesión pública de sorteo ordinario de escabinos. Notifíquese a las partes de la rectificación del auto fechado 27/4/06 y de la fijación de dicha sesión pública de sorteo. Notifíquese al Coordinador de la Oficina de Participación Ciudadana. Cúmplase.
LA JUEZ,

SILVIA FERNÁNDEZ ESCALONA

LA SECRETARIA

NURBYS LÓPEZ BAEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

NURBYS LOPEZ BAEZ

Causa No: 24J/400/06