REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE EJECUCIÓN
Por cuanto de la revisión efectuada a las actas que integran el presente expediente se observa que el penado: GARCIA SALINAS ARMANDO RAFAEL, titular de la cédula de identidad N° V-9.939.119; finalizó el Régimen de Presentaciones por ante este Despacho, régimen que le fuera impuesto mediante Auto dictado en fecha 09-07-2004, en el cual se le acordó la Sujeción a la Vigilancia por un cuarto de la pena impuesta, en tal sentido SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA del prenombrado ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, líbrese los correspondientes oficios, notifíquese a las partes e impóngase al penado del presente Auto. Asimismo por cuanto la presente causa se encuentra concluida se acuerda la remisión a los Archivos Judiciales a los fines de su debido archivo y cuido