REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION EJECUCION
SALA 102
Caracas, 12 de Mayo de 2006.
196° y 147°

ACTA DE ENTREVISTA

En horas de audiencia del día de hoy 12 del Mes de Mayo de 2006, siendo las 10:00 de la mañana del día de hoy, comparece por ante la sede de este Juzgado previa boleta de notificación Nº 210-06, librada el 24-04-06, concerniente al adolescente: (Identidad Omitida), entrevistándose directamente con la ciudadana Juez de este Despacho, de conformidad con lo previsto en el artículo 630 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, formulándose las siguientes preguntas, previa imposición del artículo 49, ordinal quinto de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, PRIMERA PREGUNTA; Diga Usted, si actualmente se encuentra cursando estudios. En caso afirmativo indique la Unidad Educativa y el horario que cumple, RESPONDE: No, estudio me inscribí en los preparativos del Ince, pero no e podido ir, porque no me da tiempo. SEGUNDA PREGUNTA: Diga Usted, si actualmente se encuentra trabajando. En caso afirmativo indique donde y que horario. RESPUESTA: Si, trabajo en Guatire, pintando Urbanizaciones con mi tio, tengo un año aproximadamente, de 7:00 de la mañana, a 6;00 de la tarde, de lunes a viernes. TERCERA PREGUNTA: Si asiste regularmente a la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente no Privado de Libertad. RESPONDE: Si, me presento en Libertad Asistida cada quince días o cuando ellos me citen, mi delegado es la Lic. Travis Marcano. CUARTA PREGUNTA; Diga Usted, si conoce la fecha tentativa de cumplimiento de la sanción, vale decir el cómputo de esta. RESPONDE. No, Seguidamente la Ciudadana Juez le comunica que cumple la medida de Libertad Asistida el 07-03-07, tentativamente, según consta en el computo inserto al folio Nº 173 al 174 de la primera pieza. QUINTA PREGUNTA: Diga Usted, Si tiene alguna petición que hacer al Tribunal. RESPONDE: Si, le solicito al Tribunal que me sean alagadas las presentaciones por la Entidad. Es Todo. Inmediatamente se le informa al Joven que el incumplimiento injustificado de la medida puede acarrear sanción de privación de libertad, según lo dispuesto en el artículo 628, literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se deja constancia que la Dra, Leanny Bellera no estuvo presente en este acto. Es Todo. Terminó, Se Leyó y Conformes Firman.-
LA JUEZ PROVISORIO


DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA

EL ADOLESCENTE:


(Identidad Omitida)








LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO


EXP: J1RO.E/05-354/MGU/betania-