REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION
SALA 102

Caracas, 22 de mayo de 2006.
196° y 147°
Vistas las anteriores actuaciones y visto igualmente que en fecha 12-05-06 se dictó auto donde por error involuntario de trascripción se colocó que la Audiencia no pudo llevarse a cabo por falta de traslado del adolescente: (Identidad Omitida), expediente N° 03-353, siendo lo correcto haber nombrado al joven (Identidad Omitida), expediente 05-353, (folio 541,4), es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad del Adolescente en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ACUERDA: PRIMERO: Se ordena librar nuevamente las boletas de notificación a nombre del adolescente, VERDE OSCAR ALEJANDRO, manteniéndose la convocatoria oral para el mismo días esto es martes 13-06-06 para proceder al cierre de la incidencia conforme lo ordenado por este Despacho Judicial en fecha 28-03-06. SEGUNDO: Oficiar al Jefe de Investigaciones de la Policía Metropolitana a los fines que realice el traslado del mencionado adolescente. TERCERO: Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente.- Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA
LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO ACUÑA
EN ESTA MISMA FECHA SE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR ESTE TRIBUNAL.
LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO ACUÑA
EXP: J1°E/05-353/MGU/ata