REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION EJECUCION
SALA 102
Caracas, 23 de Mayo de 2006.
196° y 147°
ACTA DE ENTREVISTA
En horas de audiencia del día de hoy 23 del Mes de Mayo de 2006, siendo las 10:30 de la mañana, comparece por ante la sede de este Juzgado previa citación Nº 092-06, librada el 28-04-06, concerniente al adolescente: (Identidad Omitida), entrevistándose directamente con el Juez de este Despacho, de conformidad con lo previsto en el artículo 630 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, formulándose las siguientes preguntas: PRIMERA PREGUNTA; Diga Usted, si en los actuales momentos se encuentra estudiando o laborando, RESPONDE: Si estoy trabajando de Buhonero. SEGUNDA PREGUNTA: Diga Usted, si se esta presentado ante la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente No privado de Libertad. RESPONDE: Si, asisto a la entidad dos (02) veces a la semana, los día martes y Jueves, con mí delegada Rebeca Gualdro. TERCERA PREGUNTA: Diga Usted si en los actuales momentos fuma, o consume algún tipo de drogas. RESPONDE: Si, fumo cigarrillo. RESPONDE: No. CUARTA PREGUNTA: Diga Usted, si conoce la fecha tentativa de cumplimiento de la sanción, vale decir el cómputo. RESPONDE: No. Seguidamente la ciudadana secretaria le informa al sancionado de autos se encuentra cumpliendo la medida de Libertad Asistida, por el lapso de Un (01) años, según cómputo de fecha 24-02-06, inserto a los folios 72 y 73 del presente expediente, y su fecha de tentativa de cumplimiento es el: 03-10-06. QUINTA PREGUNTA: Diga Usted. Si tiene que hacer alguna solicitud al Tribunal. RESPONDE: No, tengo nada que solicitar. Seguidamente se le informa al adolescente tal como se estableció en la audiencia de imposición que el incumplimiento injustificado de la medida puede acarrear sanción de privación de libertad, según lo dispuesto en el artículo 628, literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Es Todo. Terminó, Se Leyó y Conformes Firman.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA
EL ADOLESCENTE
(Identidad Omitida).
LA SECRETARIA
ABG. ARACELIS TILLERO
EXP: J1RO.E/05-343/MGU/mirian.-
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