REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION
SALA 102
Caracas, 31 de Mayo de 2006
196° y 147°
Considerando que en fecha 30-05-06, la Dra, LEANNY BELLERA, Defensora Pública Nº 06, del adolescente: (Identidad Omitida), expediente Nº 06-376, mediante diligencia, consignó original de su constancia de estudio y horario y además que en esa oportunidad solicitó se le “… extienda el horario de ingreso del mencionado joven a la Entidad de Semi-Libertad, toda vez que se le imposibilita llegar al mismo, a las 6:30 de la tarde,” no obstante estima quien decide que ese asunto debe resolverse en audiencia oral y reservada, provocando el contradictorio entre las partes, en razón que tal decisión podría traducirse en una modificación de la sanción, entonces en aras de garantizar derechos de índole constitucional contemplados en los artículos 26, 31 y 49 ordinal 3º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela los cuales tienen que ver con la tutela judicial efectiva, el derecho de petición y el derecho a ser oído, en el orden respectivo, y que tienen también un rango legal a saber en los artículos 542 (derecho a ser oído), 543 (juicio educativo) y 544 (defensa) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Pdolescente; estando encargados los jueces de velar por el cumplimiento de tales garantías constitucionales y legales, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente en ejercicio de las atribuciones legales previstas en los artículos 483 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión del artículo 537 de la citada Ley Orgánica en concordancia con lo dispuesto en los artículos 646 y 647 ibidem, ACUERDA: PRIMERO: Aperturar incidencia y en tal sentido se convoca a las partes para el día VIERNES 09-06-06 a las 9:30 de la mañana una audiencia oral y reservada a los fines de debatir la solicitud de revisión de medida para su modificación en cuanto al régimen de presentaciones se refiere. SEGUNDO: Notifíquese a las partes, Provéase lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA
LA SECRETARIA,
ABG. ARACELIS TILLERO
EN ESTA MISMA FECHA SE DIO CUMPLIMIENTO ALAO ORDENADO POR ESTE JUZGADO.-
LA SECRETARIA,
ABG. ARACELIS TILLERO
Exp:J1ro.e/06-376/MGU/betania