Visto el escrito presentado por los profesionales del derecho MARÍA ENRIQUETA RIVAS MARTÍNEZ y NORIS ELENA CARRILLO QUETTO, en su condición de Defensores Privados del joven sancionado (Identidad Omitida) mediante el cual solicitan el diferimiento de la audiencia oral y reservada para la Imposición de la Sanción a los adolescentes (Identidad Omitida), este Juzgado en uso de sus facultades legales acuerda: PRIMERO: Diferir dicho acto para el día 17 de Mayo de 2006, a las 10:00 a. m. SEGUNDO: Vista la comparecencia del sancionado (Identidad omitida), el Tribunal deja constancia de haberlo notificado de la fecha y hora del diferimiento del aludido acto, por lo cual no se le librará la correspondiente boleta de citación. En consecuencia notifíquense a las partes y líbrese oficio a la Jefe de la Policía de Caracas del Municipio Libertador remitiéndole anexo Boletas de Citación a nombre del sancionado (Identidad Omitida), a los fines de que lo ubique e imponga del deber en que se encuentra de comparecer por ante la sede de este Juzgado día y la hora antes indicados. Provéase lo conducente. Cúmplase.-