REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO QUINTO DE EJECUCION

Caracas, 11 de Mayo de 2006
196° y 147°

Vista la nota de secretaría que antecede, y en atención a su contenido, es por lo que este Juzgado Quinto de Ejecución en uso de sus atribuciones legales y por la autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: Diferir la Audiencia para la Revisión de la Medida impuesta al adolescente: (omitido), para el día MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2006, A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA, dejándose constancia por secretaría que el traslado del mencionado joven se hizo efectivo, no obstante, los funcionarios de seguridad no le permitieron su acceso, en virtud de la situación acaecida en el Palacio de Justicia. Notifíquese a las partes. Líbrese la respectiva Boleta de traslado. CUMPLASE.-
LA JUEZA


DRA. MORELYS CARABALLO VILLARROEL

LA SECRETARIA


ABG. BLANCA PACHECO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.



LA SECRETARIA


ABG. BLANCA PACHECO
Exp. Nº 238/05
MCV/BP.-