REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO QUINTO DE EJECUCION
Caracas, 11 de Mayo de 2006
196° y 147°
Vista la nota de secretaría que antecede, y en atención a su contenido, es por lo que este Juzgado Quinto de Ejecución en uso de sus atribuciones legales y por la autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: Diferir la Audiencia para la Revisión de la Medida impuesta al adolescente: (omitido), para el día MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2006, A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA, dejándose constancia por secretaría que el traslado del mencionado joven se hizo efectivo, no obstante, los funcionarios de seguridad no le permitieron su acceso, en virtud de la situación acaecida en el Palacio de Justicia. Notifíquese a las partes. Líbrese la respectiva Boleta de traslado. CUMPLASE.-
LA JUEZA
DRA. MORELYS CARABALLO VILLARROEL
LA SECRETARIA
ABG. BLANCA PACHECO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
ABG. BLANCA PACHECO
Exp. Nº 238/05
MCV/BP.-