REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de mayo de dos mil seis
196º y 147º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000283
PARTE ACTORA: PABLO ELISE MEDINA GARCIA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA GEOBRAING, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy treinta (30) de mayo de dos mil seis (2006), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la abogada: INGRID GIL MARIÑO, inscrita el IPSA bajo el Nº: 71.523; representante legal de la parte demandada: CONSTRUCTORA GEOBRAING, C.A., representación que se desprende de instrumento poder debidamente notariado el cual presenta en original efectun videndi, además consigna en este acto original de comprobante de egreso y planilla de liquidación de Prestaciones Sociales, firmada por el trabajador con la impresión de la huella dactilar. Se deja expresa constancia de que la parte actora: PABLO ELISE MEDINA GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nº: 5913622, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Jueza
La Secretaria
Eduarda Gil
Dayana Díaz
La representante legal de la parte demandada
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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