REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-000540
PARTE ACTORA: TOMAS RAMON CORAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: CENTRO RIOJANO VENEZOLANO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSEFINA DEL VALLE MATA SILVA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy nueve (09) de mayo de dos mil seis (2006), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la audiencia preliminar, dándose inicio a la misma, se deja constancia que comparece la abogado JOSEFINA DEL VALLE MATA SILVA, en su carácter de apoderada judicial como se evidencia de instrumento poder que consigna en original y copia simple ad efectum videndi, que le fuere otorgado el 05 de mayo de 2006, por ante la Notaría Pública Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, quedando anotado bajo el N° 19, Tomo 68 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, una vez constatada su autenticidad se devuelve el original; Se otorga copia certificada de la presente acta. Asimismo, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez
La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Gleiber Meza
Apoderada judicial de la parte demandada
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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