REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE ADOLESCENTE
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION



Caracas, 09 de Noviembre de 2.006.
196º Y 147º

Vista la revisión de las actas que conforman el presente expediente, relativo al adolescente OMITIR IDENTIDAD, asimismo vista la diligencia que antecede mediante la cual la Dra. NUAMAR CEPEDA, solicita la Revisión de la Medida y su sustitución por una menos gravosa, en consecuencia este Juzgado Segundo de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda: Primero: Agregar a los autos la citada diligencia. Segundo: fijar Audiencia de Revisión de Medida para el día 23-11-2006, a las 10:00, horas de la mañana, así mismo se acuerda notificar a las partes a los fines de que estén presentes en la referida audiencia. Tercero: se oficie a la Casa de Reeducación y Rehabilitación e Internado Judicial El Paraíso, a los fines de que realicen el traslado del adolescente de autos a la sede de este Juzgado. A tal efecto líbrese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. EVELYN BORREGO NAVARRO.
LA SECRETARIA.


ABG. ELIZABETH ROMERO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en presente auto.-


LA SECRETARIA.


ABG. ELIZABETH ROMERO






EXP. J2ºE 06-357
JMGK/ jjgm