PRIMERO: Se mantiene la medida de libertad asisitda y reglas de conductas por el lapso que le resta por cumplir siendo de OCHO (08) meses y DIECIOCHO (18) dias culminando en todo caso si la cumpliese a cabalidad con la misma en fecha 10-08-07 en virtud de que en dicha medida no fue contraria al desarrollo integarl del adolescente, por lo que se debe seguir cumpliendo lel Plan de Accion ya que se han cumplido ciertas metas y se ha logrado progreso. SEGUNDO vista la solicitud de la defensoria publica este Tribunal acuerda extender las presentaciones al joven identidad omitida cada dos meses. TERCERO: Asimismo, se deja expresa constancia que se le informa al joven de autos en esta audiencia que la presente decision esta sujeta a modificaciones en el caso de que el mismo incumpliere con la medida, acarreando la consecuencia de ser sancionadl con PRIVACION DE LIBERTAD hasta por SEIS (06) MESES de conformidad con lo previsto en el artículo 628 paragrafo segundo kliteral c de la Ley Organica para la Prorección del Niño y del Adolescente, igualmente por ser un joven se le informa que le sera designado como Centro de Reclusión uno de adulto tal y como lo establece el articulo 641 ejusdem,s eñalandose que esta es la fase mas importante del proceso, por cuanto es aqui donde la ley debe cumplir la finalidad para la cual fue creada, que se desarrolle integralmente a nivel social, educativo y familiar y logre ser un ciudadano útil al pais y no verse inmerso nuevamente en un hecho punible, atacando con el mencionado plan las carencias y circunstancias que lo llevaron a cometer el delito por el cual fue sancionado y lograr así su resocializacion. CUARTO: Quedan notificadas las partes de conformidad con lo previsto en el Articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión del Artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Se declara terminada la presente audiencia siendo las once y media (11:30) horas de la mañana. Es Todo. Terminó, Se Leyó y Conformes Firman.-
LA JUEZA ( E ),
DRA. MARIA CAROLINA BALDÓ
LA FISCAL 117° AUX. DEL MIN., PÚB.,
ABG. NELLY BUENO
LA DEFENSA PÚBLICA PENAL N° 06,
ABG. LEANY BELLERA SANCHEZ
EL JÓVEN
IDENTIDAD OMITIDA
LA SECRETARIA,
ABG. MILAGROS LÓPEZ
MRC/AO.-
EXP. N°: 5E-298-2.006.-
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