ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2005-004182
PARTE ACTORA: HORACIO PALMA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EUFRACIO GUERRERO ARELLANO, REGULO VASQUEZ, CARMEN RODRIGUEZ RUIZ, PAULO GARCIA GARCIA, DAVID RICARDO GUERRERO PEREZ
PARTE DEMANDADA: "CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A." y "C.A. METRO DE CARACAS"
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MAYGRET MARIA MEJIAS HERNANDEZ y DAMIRCA PRIETO PIÑA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, veintisiete (27) de noviembre de 2006 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano REGULO ANTONIO VASQUEZ CARRASCOS, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 33.451, apoderado judicial de la parte actora y MAYGRET MARIA MEJIAS HERNANDEZ y DAMIRCA PRIETO PIÑA, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 80.462 y 89.269, en su condición de apoderados judiciales de la partes demandadas, dándose así inicio a la audiencia y terminada la misma. Las partes de mutuo acuerdo decidieron lo siguiente: El apoderado judicial de la parte actora una vez revisada las pruebas aportada por la parte demandada, se percata de que le hicieron el pago total de la demanda al trabajador y en este acto desiste del presente procedimiento incoada en contra de la demandada por PRESTACIONES SOCIALES y por su parte las apoderadas judiciales de las demandadas acepta el mismo, de igual forma las partes establecen que no hay lugar a ningún tipo de costas según el articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y solicitan se homologue conforme a derecho y de por terminado el procedimiento. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derecho irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándoles efectos de cosa Juzgada y en consecuencia CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. ES TODO. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2.006. Se deja constancia que se devolvieron escritos de promoción de pruebas y sus anexos a cada una de las partes.
El Juez.


Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar.

La Secretaria


Abog. Vanessa Veloz Lopez
Los Presentes.




“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”