REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de noviembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º

ASUNTO: AP21-S-2006-002673


Visto el escrito suscrito por el abogado GULLERMO ALCALA, actuando como abogado asistente de la parte actora ciudadana GRACIELA TOVAR, mediante el cual desiste del presente procedimiento por calificación de despido que incoare contra INCAPRO, C.A, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas previo revisión del mencionado escrito y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO y ordena el cierre y archivo del presente expediente. ARCHIVESE.


El Juez


Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar

La Secretaria


Abog. Vanesa Veloz López




“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”