REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Veinte (20) de Noviembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-002953
PARTE ACTORA: FRANCISCO JAVIER PEREIRA ILARRETA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: PRC 333, C.A (CONTRATISTA DE MOVISTAR)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA WALESKA GARAGORRY RUIZ IPSA Nº.40.400
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
En el día hábil de hoy Veinte (20) de Noviembre de dos mil seis (2006), siendo las 10:00 A.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este Juzgado deja expresa constancia de que la parte actora en la presente causa, ciudadano FRANCISCO JAVIER PEREIRA ILARRETA, no compareció a la presente audiencia, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar. Igualmente se deja constancia de la comparecencia a la audiencia de la ciudadana MARIA WALESKA GARAGORRY RUIZ, abogada inscrita en el IPSA bajo el Nº: 40.400, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, PRC 333, C.A (CONTRATISTA DE MOVISTAR), tal como consta de poder que en copia simple es presentado a la vista del Juez, siendo la misma agregada a los autos en este acto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
El Juez
Abog. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria
Abg. Keyú Abreu
Los Presentes:
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en la sentencia, publicándose y registrándose la misma.
La Secretaria.
Abog. Keyú Abreu.
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