REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sala de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO : AP51-V-2006-017078

Visto el desistimiento que antecede, suscrito por la ciudadana MARIA ROSARIO PATTI SCIRE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.-7.958.283, debidamente asistida por el abogado CARLOS LUIS GHERSY ALZAIBAR, ante esta Sala, se HOMOLOGA en los mismos términos, expuestos por la referida ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente asunto. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.
La Juez,

El Secretario

Abg. Sonia Sergent de Ruades.
Abg. William A. Paez J.-






AP51-V-2006-017078