REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA UNDÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11.
Caracas, 14 de noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2006-000128
Vista la diligencia presentada por la ciudadana ZULLY COROMOTO QUINTERO ORTEGA, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LUISA MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.554, y lo en ella solicitado, habiéndosele dado cuenta a la Juez de la causa, y una vez revisado como ha sido el presente expediente, esta Juez Unipersonal DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre la TOTALIDAD DE LAS PRESTACIONES SOCIALES que puedan corresponder al ciudadano JAVIER ROSENDO LANDAETA, en caso de renuncia voluntaria o despido del mismo de su lugar de trabajo, todo conforme a lo establecido en el articulo 521 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, ofíciese al Ministerio de Infraestructura, a fin de comunicarle lo conducente. - Líbrese oficio.- Cúmplase.
LA JUEZ
Abg. ENOE M. CARRILLO C.
LA SECRETARIA,
Abg. CIOLIS MOJICA
EMCC/CM/dyss
O.A.