REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 01 de noviembre de 2006.
Años: 196º y 147°
Admitida como ha sido la demanda que por COBRO DE BOLIVARES sigue el BANCO DE VENEZUELA, S.A BANCO UNIVERSAL contra la DISTRIBUIDORA GUSBERT 963, C.A y CORPORACIONES ELIAL, C.A, y los ciudadanos GUSTAVO GARCIA URBINA y ALBERTO ENRIQUE PIMENTEL, en la cual el ciudadano ANIBAL J. MONTENEGRO DIAZ, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.657, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, solicita se decreten medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el 50% de los derechos de propiedad sobre dos (02) inmuebles propiedad de los co-demandados ciudadanos ALBERTO ENRIQUE PIMENTEL y GUSTAVO GARCIA URBINA, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 646 eiusdem; y luego de una revisión exhaustiva de los recaudos acompañados al libelo de demanda, a fin de que no quede ilusoria la ejecución del fallo y por cuanto se acompaño al escrito libelar un medio de prueba que constituye la presunción grave del derecho reclamado, considerando que se encuentran llenos los extremos de Ley previstos en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 646 eiusdem DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el 50% de los derechos de propiedad de los siguientes bienes inmuebles:
“…Apartamento destinado a vivienda que forma parte del edificio denominado Residencias VISTA DAYMAR III, ubicado este en la parcela N° 544-03, situado en la Avenida Principal de la Urbanización Maturín, Sector Parque Caiza, Fila de Mariches, jurisdicción del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, dicho apartamento está distinguido con el número y letra CIENTO CINCUENTA Y UNO RAYA B (N° 151-B), situado en la planta quince (15) de la Torre “B” del expresado edificio; tiene una superficie aproximada de doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados (258 M2) de los cuales ciento noventa y cinco metros cuadrados (195M2) son techados (131M2 en la planta baja y 64M2 en la planta alta) y sesenta y tres metros cuadrados (63M2) son terraza descubierta: Le corresponde un porcentaje de condominio de un entero con setenta y cinco centésimas por cierto (1,75%) y sus linderos son: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con el apartamento N° 152-A, con vacío de por medio y OESTE: Con apartamento N° 152-B y hall de ascensores de la Torre “B”. Igualmente le corresponde en propiedad dos puestos de estacionamiento distinguidos con los números 62 y 63, con una superficie cada uno ellos de doce metros cuadrados (12M2) aproximadamente y un maletero distinguido con el N° 30 con una superficie de cinco metros cuadrados (5M2) aproximadamente, ubicados en la Planta Sótano N° 1”.
“…Apartamento distinguido con el N° PH2, Planta PH, del edificio RESIDENCIAS VILLA DIANA, situado en la Urbanización Los Chaguaramos, Calle La Colina, Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital. El referido inmueble tiene una superficie aproximada de ciento quince metros cuadrados (115M2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Hall.Escaleras y con apartamento PH3; SUR: Fachada sur del edificio; ESTE: Escaleras y apartamento PH1; OESTE: Fachada Oeste del Edificio. A dicho inmueble le corresponde un porcentaje inseparable de la propiedad del mismo de 11,10% sobre las cosas y cargas comunes del Edificio. Igualmente le corresponde el uso exclusivo de la terraza PH2, situado en la Planta de las Terrazas del apartamento PH, con un área de ciento quince metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados (115,75M2) aproximadamente de los cuales 11,70M2 corresponden a áreas de jardinería 6,30M2, corresponden a área techada y los restantes 97,75M2 a área de terraza descubierta y está alinderada así: NORTE: Terraza del PH3 y escalera; SUR: Fachada sur del Edificio; ESTE: Terraza del Ph1 y escaleras y OESTE: Fachada oeste del edificio. Asimismo, le corresponde en plena propiedad dos puestos de estacionamiento con los Nros. 11 y 12 ubicados en la planta baja del edificio”
Se ordena participar lo conducente a los ciudadanos Registradores Subalternos respectivos mediante oficios que a tal efecto se ordenan expedir.- LIBRENSE OFICIOS.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA MARTÍNEZ CATALÁN.
NORKA COBIS RAMIREZ.
En esta misma fecha se libraron los oficios ordenados.
La Secretaria,
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