REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
196° y 147°
Caracas, ______24___ de noviembre de 2006

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado Tomás Cisneros Jiménez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita “se libre cartel de notificación a la parte demandada para ser publicado en un diario de mayor circulación, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil…”, este Tribunal a los fines de pronunciarse observa:
Si bien es cierto el Tribunal en fecha treinta y uno (31) de octubre de 2006 declaró improcedente la solicitud de confesión ficta presentada por la parte actora, por cuanto aún no se había cumplido con el requisito de notificar a la parte demandada del avocamiento de quien suscribe así como de la sentencia interlocutoria de fecha diecinueve (19) de agosto de 2004, no es menos cierto que dicha notificación no se ha agotado personalmente; pues el Alguacil del comisionado no cumplió con su misión, en virtud de lo cual este Tribunal niega el cartel de notificación peticionado por la parte accionante; y, ordena librar boleta de notificación a la sociedad mercantil MONTAJES GARCÍA LINARES C.A., en la persona de su Presidente, ciudadano Orlando García, a los fines de hacerle de su conocimiento del avocamiento de quien aquí suscribe, así como de la sentencia de fecha 19/08/2004. A los efectos de practicar la notificación ordenada, se acuerda librar comisión al Juzgado Distribuidor de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
LA JUEZ

MARÍA ROSA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA

NORKA COBIS RAMÍREZ