JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 03 de noviembre de 2006
196° y 147°
Visto el anterior escrito de Solicitud de Partición Amigable de Comunidad Conyugal suscrito por Belkis Borges Rodríguez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.163.651, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.502, debidamente autorizada por los ciudadanos Alexander Pereira Montañez y Thais Deyanira Sosa, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° V-6.220.763 y V-6.894.730, respectivamente, así como lo estipulado en aquel, y el documento de Finiquito de Partición de Bienes que integran las Comunidad Conyugal suscrito por los referidos ciudadanos y debidamente autenticado en fecha 17 de Agosto de 2006 por ante la Notaría Pública Vigésima del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, bajo el N° 66, Tomo 63, el Tribunal le da entrada y el correspondiente curso de Ley, admitiéndolo por no ser aquel contrario a derecho. En consecuencia, le imparte su homologación en los términos expuestos, por cuanto éste trata sobre Derechos disponibles por las partes, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 788 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, debiéndose incluir en la mismas tanto el referido escrito y el presente auto, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Copias Certificadas ordenadas.
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.
En la misma fecha del auto que antecede se libraron las Copias Certificadas ordenadas.-
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
Exp N° E-8835
LRHG/MGHR/Jonathan.-
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