REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO



EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL
TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecisiete (17) de noviembre de dos mil seis (2006)
196° y 147°



SE ABRE CUADERNO DE MEDIDAS.

Vista la solicitud de medida contenida en el libelo de la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, seguido por los abogados en ejercicio NAHIR GILLY DE NAVAS y PALMIRA HENRÍQUEZ GRAFFE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 43.095 y 23.178, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa TOYOTA SERVICES DE VENEZUELA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 03 de octubre de 2001, bajo el No. 25, tomo 223-A-VIII. El tribunal, a los fines del pronunciamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Sobre Ventas con Reserva de Dominio, exige caución o garantía suficiente para responder a la parte contra quien se dirige la medida, de los daños y perjuicios que éste pudiera ocasionarle; para el caso de la fianza el monto de la misma deberá cubrir la cantidad de CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 172.125.000, 00), suma que comprende el doble de la cantidad demandada, más las costas calculadas prudencialmente por el tribunal en un 25%, es decir DIECINUEVE MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 19.125.000, 00) ya incluidas en dicho monto. Para el caso de la caución el monto de la misma deberá cubrir la cantidad de NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 95.625.000,00), suma que comprende el monto demandado mas las costas calculadas por este juzgado en un 25% ya incluidas en dicho monto; una vez presentada y constituida ésta, el juzgado proveerá lo conducente.
EL JUEZ.,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

LISETTE GARCIA GANDICA
HJAS/Lgg/MaAlejandra.-Exp. 2006-13360.-