REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 28 de noviembre de 2006
196° y 147°

SE ABRE CUADERNO DE MEDIDAS.


Vista la solicitud de medida contenida en el libelo de la demanda que por Cobro de Bolívares (vía intimatoria), sigue BANPLUS ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A contra el ciudadano RAFAEL AUGUSTO FUENMAYOR GONZALEZ; el tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta medida preventiva de embargo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de un mil millones ciento ochenta y cinco millones novecientos veintitrés mil ochocientos cincuenta y seis bolívares con sesenta y seis céntimos (Bs. 1.185.923.856,66, que comprende el doble de la cantidad demandada, más las costas calculadas prudencialmente por el tribunal en 25%, a saber, la cantidad de ciento treinta y un millones setecientos veinticinco mil trescientos trece bolívares con noventa y seis céntimos (Bs. 131.725.313,96). En caso de que la medida recayera sobre sumas liquidas y exigibles, la suma a embargar será por el monto demandado más las costas, es decir, seiscientos cincuenta y ocho millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos sesenta y nueve con ochenta y un céntimos bolívares con sesenta céntimos (Bs. 658.734.569,81). A los fines de la práctica de la medida, designación de depositaria judicial, practico, así como los juramentos establecidos en la Ley, se comisiona amplia y suficientemente, al Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas Preventivas y Ejecutivas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en funciones de distribuidor. Así mismo deberá el Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas sorteado, señalar en el acta de embargo los costos de la medida y honorarios de los auxiliares ocasionados, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Deposito Judicial y Ley de Arancel Judicial. Líbrese despacho bajo oficio al Juzgado Distribuidor de Municipio Ejecutor de Medidas Preventivas y Ejecutivas de esta misma Circunscripción Judicial.
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

LISETTE GARCIA GANDICA
En la misma fecha se libró Despacho bajo Oficio N° ___________

LA SECRETARIA,
HJAS\lgg\vz
EXP: 2006-13303