REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO





República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Catorce (14) de Noviembre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º
Por recibida y vista la anterior demanda, presentada por el abogado en ejercicio Miriam González Cárdenas, mayor de edad, de este domicilio, de nacionalidad venezolana e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 38.891, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la Compañía Mercantil Inmobiliarias Luzca, S.A, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 16 de junio de 2005, quedando anotada bajo el Nº 66, tomo 1119A. El Tribunal por considerar que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la parte demandada, Elizabeth Amalia Padrón Trigo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 6.458.826, dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a su citación, entre las horas comprendidas para Despachar, de 8:30 a.m. hasta las 3:30 p.m., a los fines que de formal contestación a la presente demanda.- Líbrese compulsa junto con la orden de comparecencia al pie y, hágase entrega al Alguacil de este Despacho Judicial para que practique la referida citación. En lo que respecta a la medida solicitada, se acuerda proveer por separado y en el correspondiente cuaderno de medidas que se ordena abrir, al cual deberá incorporarse por cuenta y costo de la parte actora, copia fotostática simple del libelo de la demanda y del presente auto de admisión, a los fines de su certificación. Elabórense las copias de conformidad con lo estipulado en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos correspondientes para ello, debiéndolas suscribir en todas y cada una de sus partes tanto la Secretaria como el Funcionario de este Juzgado, John V. Ferrer Padrón., titular de la cédula de identidad No. V-11.934-106. Líbrese compulsa y ábrase cuaderno de medidas. Cúmplase.-
El Juez Titular,

Dr. Carlos Spartalian Duarte.
El Secretario Titular,

Abog. Jesús Albornoz Hereira.

CSD/JAH/oscar.-
EXP No. 06-1026-