REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
196° Y 147°
Exp. Nº 23.953.-
Sentencia Definitiva de Familia
Vista la anterior RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO, presentada por los ciudadanos JOSE MANUEL MACHIN CABRERA y VILMA GRIMALDI GUIDA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos 9.425.849 y E-894.342, debidamente asistidos por el abogado PATRIZIO RICCI PETROCELLI, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 69.120, el Tribunal le da ENTRADA, asimismo visto el pedimento contenido en ella, en la cual solicita que este Juzgado ordene la RECTIFICACIÓN DE MI PARTIDA DE MATRIMONIO, la cual corre inserta en los Libros del Registro de Matrimonio llevados por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el Nº 18 correspondientes al año 1982, manifestando los solicitantes en su libelo, que en la mencionada Acta de Matrimonio adolece de un error material al indicar la fecha de nacimiento del cónyuge José Manuel Machón Cabrera, toda que en el acta se indica que nació el 05 de junio de 1950 y que lo correcto es 06 de mayo de 1950, manifestando que ello se desprende del acta de nacimiento del referido ciudadano.
Por lo que solicita se ordene la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE MATRIMONIO. Como prueba de lo alegado por los solicitantes JOSE MANUEL MACHIN CABRERA y VILMA GRIMALDI GUIDA, antes identificados, consigno: 1.- Copia del acta de nacimiento del ciudadano JOSE MANUEL MACHIN CABRERA, 2.- Copia del acta de Matrimonio de los solicitante, y 3.- Copia del pasaporte del solicitante José Manuel Machin Cabrera.
Este Tribunal considera que tal error no amerita un trámite mediante un juicio ordinario de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO. En consecuencia, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede en forma sumaria, por lo que se declara procedente la solicitud de Rectificación de Partida de Matrimonio y en consecuencia, se ORDENA la Rectificación de la Partida de Matrimonio de los ciudadanos JOSE MANUEL MACHIN CABRERA y VILMA GRIMALDI GUIDA y en donde se lee “...NACIO EL DIA CINCO DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA...” debe leerse “...NACIO EL DIA SEIS DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA”, que es como debe constar y así se declara. Remítase adjunto a oficios copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión al Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas así como al Registro Principal del Municipio Libertador del Distrito Capital, para que conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil, se estampe la nota correspondiente. Asimismo se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes. Cúmplase.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, 16 de noviembre de dos mil seis (2006). Años 196° DE LA INDEPENDENCIA y 147° DE LA FEDERACIÓN.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
EL SECRETARIO.,
JOSE OMAR GONZALEZ.
En esta misma fecha, siendo las 11:20 a.m. de la mañana, se público y registro la anterior decisión.-
EL SECRETARIO.,
JOSE OMAR GONZALEZ.
Exp. N° 23.953.-
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