REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,______de________________de 2006
Años 196 y 147

Expediente: N° S-8250.-
Sentencia Definitiva.-

SOLICITANTE: DILCIA EVELYN PULIDO DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V.-4.122.402.-
ABOGADO ASISTENTE: MORELLA GARCIA DE BRACHO, abogada en ejercicio e inscrita en el instituto de prevención Social del Abogado bajo el Nro. 29.236.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana DILCIA EVELYN PULIDO DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V.-4.122.402, debidamente asistida, por la abogada en ejercicio MORELLA GARCIA DE BRACHO e inscrita en el instituto de prevención Social del Abogado bajo el Nro. 29.236, por medio de la cual solicitan la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO de la ciudadana DILCIA EVELYN PULIDO DE ROMERO, anteriormente identificada, acta ésta llevada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Departamento Libertador del Distrito Federal, anotada bajo el numero 197, correspondiente al año 1974, en la cual se incurrió en el error material al asentar en dicha acta: el nombre de la ciudadana, como “DILCIA EVELYN PULIDO GALINDE”, siendo lo correcto “DILCIA EVELYN PULIDO GALINDEZ”. Para probar lo alegado la parte solicitante consignó: Acta de Matrimonio, Partida de Nacimiento y copia de cedula de identidad. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida; este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma SUMARIA la presente solicitud, en consecuencia se ordena oficiar a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Departamento Libertador, del Distrito Federal, a fin de que proceda a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error cometido en el acta de matrimonio anteriormente indicada, donde la ciudadano lleva por nombre DILCIA EVELYN PULIDO GALINDE, siendo lo correcto DILCIA EVELYN PULIDO GALINDEZ. Y ASÍ SE DECLARA.- Expídanse por Secretaría copia certificada del presente auto y remítase con oficio a las autoridades correspondientes.-
LA JUEZ TITULAR

DRA. ANGELINA M GARCÍA H.-
LA SECRETARIA ACC.

KELYN CONTRERAS
En esta misma fecha se requieren fotostatos para proveer.-
LA SECRETARIA ACC.

KELYN CONTRERAS
EXP. S-8250.-
AMGH/KC/Alixon.-