REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, de _______________ del 2006
Años: 196° y 147°

Sentencia Definitiva
Expediente Nº 24.498

PARTE SOLICITANTE: XIOMARA DE JESÚS CARVAJAL FUENTES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° 5.417.622, actuando en su carácter y representación de la ciudadana PETRA DARIA FUENTES DE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° 568.996.-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE SOLICITANTE: LUISA AMELIA HERNÁNDEZ F, abogada en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N° 1.107.-
MOTIVO: DESISTIMIENTO

I

Conoce este órgano jurisdiccional de la demanda que por AUTORIZACIÓN, interpusiera la ciudadana XIOMARA DE JESÚS CARVAJAL FUENTES, en fecha 22 de septiembre del 2006.-
Mediante auto dictado en fecha 30 de Octubre de 2.006, este Tribunal solicito a la ciudadana XIOMARA DE JESÚS CARVAJAL FUENTES, se sirviera a consignar a las actas que conforman el presente expediente el titulo de propiedad del inmueble objeto de la presente causa, en su forma original o copia certificada, a los fines de proveer sobre lo solicitado, por este requisito indispensable para el pronunciamiento de Ley.-
En fecha 31 de Octubre del 2006, comparece ante este Tribunal la ciudadana LUISA AMELIA HERNÁNDEZ F, identificada en autos, a los fines de desistir del presente procedimiento y solicitando igualmente la devolución de los originales insertos en el presente expediente.-

- II-

En razón de lo antes expuesto, este Juzgado considerando el desistimiento realizado en fecha 31 de Octubre del 2006, por la apoderada judicial de la parte solicitante en la presente causa, abogada LUISA AMELIA HERNÁNDEZ F, antes identificada; este Tribunal, por cuanto se desprende de una revisión de autos la facultad expresa de la Apoderada Judicial de la parte solicitante tal como consta en el Poder que corre inserto el folio cuarenta y seis y Vto (46) del presente expediente signado con el N° 24.498 (nomenclatura de este Tribunal), quien la represento para desistir en el presente juicio este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas le imparte su correspondiente HOMOLOGACION en los mismos términos expuesto por las partes, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide. Asimismo, vista la solicitud de devolución de los documentos originales insertos en el presente expediente, en consecuencia este Tribunal acuerda lo solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los _____ días del mes de ____________ de dos mil seis (2.006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
LA JUEZ,


Dra. ANGELINA M GARCÍA H.

LA SECRETARIA ACC.,

KELYN CONTRERAS
En la misma fecha anterior, ____ de _______________ del 2006, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo las doce del medio día (12:00 p.m).-
LA SECRETARIA ACC.,

KELYN CONTRERAS
Exp. 24.498
AMGH/KC/laura.-