REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, de ___________ del 2.006
Años 196° y 147°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y las testimoniales evacuadas al efecto, este Tribunal ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones a favor de los solicitantes, ciudadanos IVON MARIELA, CARLOS JOSÉ y GRISELDA EMPERATRIZ GRANADOS, HEREDEROS de la ciudadana NERIS MARIA VELASCO GUANCHEZ, quien en vida fue titular de la cedula de identidad N° V-1.897.625, dejando a salvo los derechos de la ciudadana MARIA GUANCHEZ, madre de la difunta, así como los derechos de terceros. Entréguese copias certificada de las presentes actuaciones al solicitante, previa certificación por Secretaria de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ejusdem.-
LA JUEZ TITULAR

DRA. ANGELINA M. GARCÍA H..-

LA SECRETARIA, ACC.

KELYN CONTRERAS.


Exp. S- 8205
AMGH/KC/laura.-